¿LOS BANCOS ABUSAN DE SU POSICIÓN PARA IMPONER SEGUROS?
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¿Obligación?
En ningún caso se puede obligar a que una persona contrate una póliza con el banco bajo la amenaza de que no conseguirá el préstamo.
Aumento de casos
Hay mucha legislación que prohíbe esta práctica y, aun así, se han visto varios casos a raíz de la difícil situación provocada por la pandemia.
Ilegal y abusivo
Puesto que es algo ilegal y abusivo, el cliente puede anular todo una vez firmado, en los 30 días inmediatamente posteriores para los seguros de vida y 14 días para el resto, y hacer el seguro en otra empresa.
O comisiones o seguros
Lo último de la banca: vincular la ausencia de comisiones a la contratación de seguros. Una nueva práctica denunciada por los mediadores de seguros. 👉 Puedes leerlo aquí.
Pero si es ilegal y abusivo… ¿Cómo lo hace?
La 👉 Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) acumuló en solo una semana más de 👉 50 denuncias por conductas anticompetitivas relacionadas con el coronavirus. Y varias de ellas fueron por la imposición de un seguro del banco como condición para conseguir el préstamo garantizado con el aval del Estado (las líneas ICO). Una práctica que también se extiende a otros préstamos, como las hipotecas, en los que la banca obliga a la contratación de un seguro, o los préstamos al consumo.
Según denuncia el Consejo General de Colegios de Mediadores de Seguros en su estudio sobre contratación de seguros vinculados a hipotecas y préstamos, 👉 el banco obliga a contratar un seguro a 7 de cada 10 personas que piden un crédito. Pero no cualquier seguro, sino aquel que comercializa el propio banco.
👉 La CNMC ha iniciado un expediente sancionador contra cuatro entidades bancarias por posibles prácticas anticompetitivas por posibles prácticas restrictivas de la competencia en la comercialización de las líneas de avales ICO COVID. En particular, la CNMC investiga la vinculación a distintos productos que los bancos habrían exigido como condición para que los clientes pudieran acceder a las líneas de avales.
Esto vulnera numerosas normas, entre otras:
Si el banco propone su seguro, no significa automáticamente que sea ilegal, pero la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios, en su artículo 89, dice que será abusiva la «imposición al consumidor y usuario de bienes y servicios complementarios o accesorios no solicitados». Habrá que estudiar cómo se ha comercializado las pólizas para concluir su legalidad. 👉 Las pólizas de los bancos son hasta un 80 % más caras. Asimismo, es común que suban los intereses del préstamo si no se escoge su póliza. Pero, si se hacen números, se verá que compensa cambiarse a una aseguradora aunque la cuota de la hipoteca sea algo más alta.
¿Cómo saber si la imposición de un seguro es ilegal?
Debe darse al menos una de estas tres situaciones:
1. El seguro vinculado es claramente poco beneficioso
En primer lugar, hay que matizar que la banca sí puede exigir tener ciertas pólizas. Por ejemplo, al pedir una hipoteca obligan a tener un seguro contra incendios y a veces también uno de vida. Y, en segundo lugar, es importante saber que un banco puede ofrecer la venta vinculada de un producto. Esto significa que pueden obligar a tener un seguro para dar la hipoteca, es decir, que el seguro será un producto vinculado al préstamo. Sin embargo, solo pueden obligar a que ese seguro sea el que ellos ofrecen si demuestran que es la mejor opción del mercado. Para confirmar eso, se necesita una autorización de un organismo superior (por ejemplo, el Banco de España). De esta forma, si se demuestra que no era la mejor opción del mercado para el cliente, el contrato ofrecido por la entidad financiera debe ser anulado.
2. No avisan de que los productos vinculados pueden ser con otras empresas
La ley de Crédito Inmobiliario permite exigir un seguro para dar para dar un crédito o una hipoteca. No obstante, es ilegal que la entidad no informe de que se puede firmar la póliza con la empresa que el cliente quiera.
3. No aceptar una póliza alternativa
Si contratar un seguro es un requisito para conseguir el préstamo, el banco tiene que aceptar cualquier póliza que tenga unas coberturas equivalentes a las que él ofrece. Además, es ilegal que cobren por analizar si la póliza que el cliente quiere cumple sus requisitos
Cómo anular el seguro sin penalización
El hecho de que la entidad obligue a alguien a contratar su póliza y no le informe de que podía escoger la de otra empresa, se trata de una práctica ilegal.
Según la Ley 50/1980, durante 30 días se puede cancelar el contrato de un seguro de vida y 14 días para el resto sin tener que dar explicaciones.
Se puede conseguir el préstamo sin tener que quedarse con el seguro del banco. Una vez firmado todo y antes de que pasen 30 días para el seguro de vida y 14 días para el resto, se busca una póliza más barata en otra empresa, se cancela el contrato con el banco y se devuelven los recibos. El cliente puede firmar con otra empresa sin ningún coste, ya que la imposición del banco no era legal desde el principio.
Debemos de advertir que algunas entidades bancarias ponen todo tipo de trabas para que esto no sea así. Por ejemplo, tras pedir la anulación en plazo no te permiten devolver los recibos, obligándote a mantener la póliza con ellos y abocando al cliente a reclamar por esta práctica abusiva. Estas trabas suponen que algunos bancos se salgan con la suya porque los clientes, ante la perspectiva de una reclamación que puede llevar tiempo, aceptan una práctica que es, por sí, inaceptable.
“Sabemos cómo te llamas.
Estamos orgullosos de conocerte bien”
Este es el lema de una conocida entidad bancaria.
Y es cierto, conocen tu nombre y saben mucho de ti, seguramente más de lo que imaginas… inquietante.
Y tú... ¿qué sabes tú de ellos?
¿Sabes por ejemplo que cuando vas a solicitar un servicio financiero o un crédito puedes acabar saliendo de la oficina bancaria 👉 con un televisor, una alarma o un seguro?
¿Sabes cómo se llama tu gestor o gestora bancario?
Seguramente no, entre otras cosas porque la banca cuenta cada vez con más máquinas y menos personas.
Y cuando tratan de imponerte un seguro ¿sabes si es la mejor opción para ti? ¿Sabes si sus coberturas son adecuadas a tu caso?
¿Sabes a quién llamar en caso de necesitar cualquier información o ayuda ante un siniestro?
Te damos un consejo: Si quieres un seguro ¿no será mejor acudir a un o una profesional?
Lo que te ofrece tu corredor/a de seguros
Los y las corredoras de seguros son profesionales independientes, que analizan cada caso para ofrecer la opción que mejor se adecúe a las necesidades de cada persona o empresa.
Al ser profesionales independientes, no están vinculados a ninguna compañía de seguros.
No suponen ningún coste adicional frente a las compañías. Es más, en muchos casos te costará menos que contratarlo directamente. No digamos ya a través de un banco.
Atención personalizada
Sabrán tu nombre, como en la banca; sabrán lo qué necesitas, porque tú se lo habrás contado y analizarán tu caso. En definitiva, te ofrecerán un producto ajustado a tus necesidades.
No tendrás que preocuparte de nada
Tendrás un servicio integral que gestionará absolutamente todos los trámites necesarios, desde la contratación y formalización del seguro hasta su renovación; desde la confección de partes de seguros hasta la formulación de reclamaciones a la entidad aseguradora o a terceros.
Sabrás con quién hablar
Si tienes cualquier problema, te atenderá una persona que te asesorará con un trato personal y directo, identificará tus necesidades, velará por tus intereses y te prestará apoyo en caso de siniestro.
Y tendrás la máxima garantía de la mano de un o una profesional
Los y las corredoras de seguros deben reunir los requisitos más estrictos del conjunto de mediadores de seguros en cuanto a formación en materia financiera y de seguros privados establecidos por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Incluso deben acreditar su honorabilidad y profesionalidad.